miércoles, 22 de julio de 2015

Fue otorgada la primera licencia por paternidad en una pareja homosexual

El fallo de la jueza marplatense, Clara Alejandra Obligado, que otorgó por primera vez en la Argentina y en Latinoamérica unalicencia por paternidad de 90 días a un integrante de una pareja casada por la Ley de Matrimonio Igualitario, tuvo gran repercusión en las organizaciones defensoras de derechos de las comunidades gay.

César CigliuttiPresidente de la Comunidad Homosexual Argentina (CHA) dijo que el fallo "sienta precedentes para que nuestras familias, en este caso formadas por dos hombres tengan los mismos derechos para cuidar a sus hijos. La Ley de matrimonio Igualitario en estos 5 años sigue ampliando los derechos de nuestras familias y eso beneficia, sobre todo a los niños y a las niñas”.

Pedro Paradiso Sottile, secretario de la CHA manifestó estar "orgullosas/os de que Argentina siga reconociendo y promoviendo los derechos sin discriminación, por una democracia inclusiva, respetuosa de la diversidad, donde todas las familias sean reconocidas con libertad, autonomía e igualdad”.

La Federación Argentina de lesbianas, gays, bisexuales y trans (Falgbt) celebró el fallo, yEsteban Paulón, presidente de la organización, destacó que el fallo es un gran paso en el reconocimiento igualitario de derechos para todas las parejas y familias.

La jueza Obligado, en su fallo, aseguró que en el caso del matrimonio igualitario, con los dos padres varones adoptivos, “la dificultad que se nos impone en caso de hacer efectiva la licencia ya dispuesta por la suscripta en resolución anterior es ¿quién de los esposos gozará de la licencia extensa?”, expresó la jueza.

Y agregó que “las licencias por paternidad exceden al ser ‘hombre/mujer’, ‘padre/madre’ pues es sólo entendible si consideramos que una familia se conforma desde la gestación, la adopción o el reconocimiento filiatorio más un tiempo nutriente rico en afectos y con la tranquilidad de saber que el Estado, a través de estas normativas vigentes, acompañan a los 'padres' sin distinción de género a cumplir este mandato constitucional y de derechos humanos de cuidar a sus hijos, asistir a sus hijos, integrar a sus hijos, formar familias”.

“Debemos otorgar un mayor reconocimiento de la igualdad de obligaciones entre los padres y las madres en lo relativo al cuidado y crianza de sus hijos”, refirió la magistrada, y añadió que “permitir que sólo las mujeres obtengan una licencia por maternidad por el plazo de 90 días perpetúa los estereotipos de género y sus desventajas".

Y enfatizó que “debemos dejar atrás los términos padre y madre por resultar obsoleto, para pasar a la más genérica y neutra: progenitor”.


Fuente: eldiario24

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